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	<title>Protección a la infancia archivos - MIL Magazine</title>
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	<description>Advancing Media, Information and Critical Thinking</description>
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	<title>Protección a la infancia archivos - MIL Magazine</title>
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		<title>20 de noviembre: Día Mundial de los Derechos de la Infancia</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jessica Contreras Gajardo]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 18 Nov 2021 19:22:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[News]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>
		<category><![CDATA[Protección a la infancia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La primera declaración de los Derechos del Niño es en 1924, conocida como la declaración de Ginebra. En ella, se establecen y declaran los derechos básicos que los niños deben poseer, que se estructura en una serie de 54 artículos que recogen todos sus derechos. Entre ellos, destacan: el derecho a una educación de calidad, [&#8230;]</p>
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<p>La primera declaración de los Derechos del Niño es en 1924, conocida como la <strong>declaración de Ginebra</strong>. En ella, se establecen y declaran los derechos básicos que los niños deben poseer, que se estructura en una serie de <strong>54 artículos que recogen todos sus derechos</strong>. Entre ellos, destacan: el derecho a una educación de calidad, el derecho a una vida saludable y a estar protegidos/as contra todo tipo de violencia y abuso. Es por lo anterior que el <strong>Día Mundial de los Derechos de la Infancia</strong> se celebra el <strong><a href="https://milmagazine.org/actualidad/dia-mundial-de-los-derechos-de-la-infancia/">20 de noviembre</a></strong>.</p>



<p>Estos derechos se encuentran recogidos en la <strong><a href="https://www.unicef.es/causas/derechos-ninos/convencion-derechos-ninos">Convención sobre los Derechos del Niño</a></strong> (CDN), donde se señala la necesidad de cuidar el bienestar y desarrollo de los niños del mundo, dejando en claro que todos/as los/as niños/as tienen derecho a una calidad de vida básica. La CDN establece cuatro principios primordiales:</p>



<ol class="wp-block-list"><li>Principio de derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo.</li><li>Principio de no discriminación. </li><li>Principio de cuidar siempre por el interés superior del niño/a.</li><li>Principio de participación y ser escuchado/a.</li></ol>



<p>Desde que se implementó la Convención sobre los Derechos del Niño<strong> se han producido considerables avances</strong> en el cumplimiento de estos. Sin embargo, queda mucho por hacer para poder crear un mundo seguro para los/as niños/as. Trabajar por un mundo justo y seguro es fundamental, porque las consecuencias de la violencia infantil son catastróficas. Los/as niños/as padecen sus efectos durante su vida adulta, porque <strong>la violencia compromete su desarrollo, su educación y afecta de manera negativa su salud física y mental</strong>.</p>



<p>Los derechos de la infancia  velan porque las/os niñas/os tengan acceso a un futuro mejor. En definitiva, conocer los derechos de los niños, sus implicanciones y sus responsabilidades es una labor que debe ser promovida constantemente por todos los países y su ciudadanía. Son una prioridad en la que <strong>deben involucrarse instituciones, gobiernos y personas</strong> para garantizar que en ninguna parte del planeta se transgredan los derechos universales de los/as niños/as, ya que estos derechos están orientados a que tengan una infancia sana y feliz, en igualdad de condiciones sea cual sea su religión, raza o nacionalidad.</p>
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		<title>Grooming, una amenaza en Internet</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Emilia Di Liscia]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 18 Nov 2021 18:53:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[En profundidad]]></category>
		<category><![CDATA[derechos de los niños y adolescentes]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El 20 de noviembre es la fecha seleccionada por la Asamblea General de Naciones Unidas para conmemorar el Día Universal del Niño con el objetivo de promover el bienestar de niños en el mundo y realizar actividades que contribuyan al cumplimiento de la Convención sobre los derechos del Niño. Pero ¿qué implica la aplicación y defensa [&#8230;]</p>
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<p>El 20 de noviembre es la fecha seleccionada por la Asamblea General de Naciones Unidas para conmemorar el<a href="https://milmagazine.org/actualidad/dia-mundial-de-los-derechos-de-la-infancia/"> Día Universal del Niño </a>con el objetivo de promover el bienestar de niños en el mundo y realizar actividades que contribuyan al cumplimiento de la Convención sobre los derechos del Niño. Pero <strong>¿qué implica la aplicación y defensa de dichos derechos en el ámbito de Internet y otras Nuevas Tecnologías?</strong> Para esto es necesario identificar el <em>grooming</em> como una de las amenazas que se enfrentan los menores en internet.</p>



<p>El <em>grooming </em>es un término que se utiliza para hacer referencia al <strong>delito de acoso y/o abuso sexual de un adulto o adulta hacia una niña, niño o adolescente a través de Internet</strong>. En ocasiones, se puede concretar un encuentro personal para consumar el abuso sexual con contacto físico, lograr la captación con fines de explotación sexual y/u obtener material para la comercialización en redes de explotación sexual de infancias y adolescencias. </p>



<h2 class="wp-block-heading">Un acoso más común de lo pensado</h2>



<p>El informe &#8220;<a href="https://www.unicef.es/publicacion/impacto-de-la-tecnologia-en-la-adolescencia">Impacto de la Tecnología en la Adolescencia. Relaciones, Riesgos y Oportunidades</a>&#8220;, presentado por UNICEF España, recoge las opiniones de más de 50.000 estudiantes de la ESO. Los/as adolescentes consultados respondieron que sus principales preocupaciones son: el ciberacoso, el contacto con extraños, sentirse discriminados o excluidos, el chantaje y la sextorsión, o el acceso a contenidos inadecuados para su edad.</p>



<p>Para poder prevenir el <em>grooming</em>, es importante <strong>romper con el estereotipo que se tiene del acosador</strong>. Es decir, no se trata de hombres o mujeres solos/as, aislados/as, encerrados/as en una habitación buscando víctimas, sino, por el contrario, adultos/as que tienen amistades, trabajo, familia.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Etapas del <em>grooming</em></h2>



<p>Para dar cuenta de las formas en las que los adultos acosan a los niños, niñas y adolescentes es necesario poner en evidencia las distintas etapas que, generalmente, tiene el <em>grooming</em>. Es importante señalar que, si bien pueden estar desordenadas, hay ciertos patrones de conducta o fases comunes, estas son:</p>



<ol class="wp-block-list" type="1"><li><strong>Mostrarse como un par:</strong> el adulto que acosa al niño, niña o adolescente se crea un perfil o varios perfiles falsos que lo muestren como un par de aquel que será su víctima. Comienza por pedir amistad o seguirlo en alguna red social y establece algún tipo de contacto.</li><li><strong>Vínculo de confianza:</strong> el acosador genera confianza con el niño, niña o adolescente a partir de conocer sus gustos y preferencias. Utiliza muchas veces la información que la víctima tiene publicada en la web. De esta forma, produce una falsa sensación de familiaridad.</li><li><strong>Acoso y extorsión:</strong> Una vez que establece el contacto y que logra algún tipo de confianza, el adulto pide fotos o videos de índole sexual. Si obtiene el material puede ocurrir que finalice el contacto o que sume más pedidos hasta lograr un encuentro personal con la amenaza de que si no lo hace puede hacer público el material enviado por el niño, niña o adolescente. Otra manera de obtener el material es a través de la utilización de la fuerza. El acosador se apodera de las fotos y vídeos eróticos o sexuales de la víctima a través del hackeo de sus cuentas. En muchos casos la víctima no sabe cómo lo consiguió.</li><li><strong>Contacto físico:</strong> Cuando el adulto o adulta responsable no detecta la situación y ésta se perpetúa en el tiempo, el acosador puede llegar a abusar físicamente del niño, niña o adolescente. Es de suma relevancia transmitir un mensaje claro y efectivo respecto de la importancia de detectar estas situaciones e intervenir rápidamente en caso de que un niño, niña o adolescente esté siendo víctima de <em>grooming</em>.</li></ol>



<figure class="wp-block-image size-large"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2021/11/Agregar-un-titulo-1-1024x683.png" alt="" class="wp-image-15562" srcset="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2021/11/Agregar-un-titulo-1-1024x683.png 1024w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2021/11/Agregar-un-titulo-1-300x200.png 300w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2021/11/Agregar-un-titulo-1-768x512.png 768w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2021/11/Agregar-un-titulo-1-130x86.png 130w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2021/11/Agregar-un-titulo-1-187x124.png 187w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2021/11/Agregar-un-titulo-1-990x660.png 990w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2021/11/Agregar-un-titulo-1.png 1320w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo prevenir el <em>grooming</em>?</h2>



<p>Como se ha desarrollado, es un fenómeno complejo y, por lo tanto, la respuesta debe ser integral. En primer lugar, es importante <strong>habilitar espacios de diálogo sobre el <em>grooming</em> con los niños, niñas y adolescentes </strong>es fundamental al igual que brindar a los adultos/as herramientas para que los/as niños/as y adolescentes puedan navegar en Internet de una forma segura. Además, resulta indispensable <strong>trabajar con todos ellos/as para que se establezcan redes de confianza</strong> y puedan, en caso de advertir una situación así, entender que es necesaria la intervención de un adulto.</p>



<p>Con estas dos estrategias mencionadas, lo que se puede notar que lo importante es la <strong>comunicación y la educación afectivo –sexual</strong>, en los entornos cercanos de los/as niños/as y adolescentes, como las familias, escuelas, etc.</p>
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		<title>La nueva Ley de Infancia en España sigue su curso</title>
		<link>https://milmagazine.org/news/la-nueva-ley-de-infancia-en-espana-sigue-su-curso/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Belén Sancho Ligorred]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 19 Apr 2021 12:18:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[News]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pleno del Congreso aprobó el pasado jueves, 15 de abril, con 268 votos a favor, 57 en contra y 16 abstenciones el Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Una nueva ley que tiene como objetivo la protección de los/as menores y que continúa [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>El pleno del Congreso aprobó el pasado jueves, <a href="https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-22-3.PDF" target="_blank" rel="noreferrer noopener">15 de abril</a>, con 268 votos a favor, 57 en contra y 16 abstenciones el <a href="https://milmagazine.org/actualidad/que-cambios-introduce-la-nueva-ley-de-infancia-en-espana/"><strong>Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia</strong></a>. Una nueva ley que tiene como objetivo la protección de los/as menores y que continúa su curso hacia el Senado, donde pueden presentarse nuevas enmiendas. </p>



<p>El <a href="https://milmagazine.org/actualidad/comparativa-de-la-nueva-ley-de-infancia-con-australia-estados-unidos-y-reino-unido/">anteproyecto</a> se aprobó en junio de 2020 y, desde entonces, se ha estado trabajando en ella hasta su tramitación parlamentaria. Se han introducido <strong>nuevas enmiendas que permiten perfilar y mejorar el articulado </strong>de la ley para garantizar el derecho y protección a la infancia y adolescencia.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">Nuevas enmiendas</h2>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>Más tiempo para denunciar</strong></h5>



<p>El anteproyecto presentado en junio proponía que la prescripción de los delitos graves no empezara a contar hasta que la víctima cumpla 30 años (y no 18 como la ley actual). Sin embargo, se ha modificado y se ha ampliado la prescripción hasta que la víctima cumpla <strong>35 años</strong>. De esta forma, dependiendo de la gravedad, podrá denunciar hasta los 50 años el delito sexual. </p>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>Fomentar el buen trato</strong></h5>



<p>A través de la presente ley se quiere promover “activamente los principios de respeto mutuo, dignidad del ser humano, convivencia democrática, solución pacífica de conflictos, derecho a igual protección de la ley, igualdad de oportunidades y prohibición de discriminación de los niños, niñas y adolescentes”. Los Cuerpos de Seguridad del Estado “<strong>actuarán como entornos seguros para la infancia y la adolescencia</strong>”, según apuntan en el texto. Además contarán con unidades especializadas para este tipo de violencia. </p>



<p>En las disposiciones generales, se apunta que los/as menores de edad que hayan cometido actos de violencia “deberán recibir apoyo especializado, especialmente educativo, orientado a la promoción del buen trato”. </p>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>Coeducación y enseñanza en equidad</strong></h5>



<p>Se ha incluido también, dentro de los criterios generales del artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, la “promoción de la igualdad de trato de niños y niñas”. Se fomentará “la enseñanza en equidad, la deconstrucción de los roles y estereotipos de género”.</p>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>Derecho a ser escuchadas</strong></h5>



<p>Esta nueva ley quiere garantizar que niños, niñas y adolescentes sean escuchados con total garantía y “sin límite de edad”. Según explica el texto legislativo, solo podrá restringirse “cuando sea contrario a su interés superior”. Se incide de forma reiterativa en la especialización de profesionales y de espacios para la obtención de los testimonios. </p>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>&#8220;Prohibición&#8221; del Síndrome de Alienación Parental (SAP)</strong></h5>



<p>Una de las principales críticas del anteproyecto fue la no inclusión del SAP. Ahora, se incorpora la enmienda, aunque no está prohibido expresamente. En ella se señala lo siguiente: “Los poderes públicos <strong>tomarán las medidas necesarias para evitar que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta</strong>, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración”. <br>El <a href="https://eldiariofeminista.info/2018/08/06/el-acientifico-sindrome-de-alienacion-parental-una-vulneracion-de-los-derechos-de-ninos-y-ninas/">Consejo General del Poder Judicial</a> indica que “el SAP <strong>es una teoría abiertamente pedófila carente de base científica </strong>que está provocando situaciones de riesgos para los niños/as”. A pesar de ello se sigue aplicando en sentencias judiciales. Con la inclusión de esta enmienda, se quiere dar un paso para evitar aplicar esta teoría.</p>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>Herramientas para detectar situaciones de violencia</strong></h5>



<p>Tanto el anteproyecto como el proyecto aprobado, contemplan diferentes artículos para la prevención, detección e intervención de la violencia. Para ello, establecen medidas y herramientas de “parentalidad positiva y refuerzo de la participación de las personas menores de edad”. Así como continua formación especializada a profesionales que atiendan a menores, “con particular atención a los colectivos” más vulnerables. </p>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>Especial atención ante la violencia machista</strong></h5>



<p>La ley pone también el foco en la protección de los/as menores ante la violencia machista. Según se indica, cuando se dicte una orden de protección y haya “indicios fundados” de que los hijos/as “hubieran presenciado, sufrido o convivido con la violencia” se suspenderá el régimen de visitas. A excepción de que el/la juez/a presente una evaluación de la situación de la relación paternofilial. </p>



<h2 class="wp-block-heading">Rumbo al Senado</h2>



<p>Tras la aprobación en el Congreso, el proyecto de Ley Orgánica continúa su curso hasta el Senado. Es probable que se presenten nuevas enmiendas a incluir en el redactado final de la ley. Tiene un carácter urgente, por lo que en los próximos meses, puede estar publicada en junio en el <strong><em>Boletín Oficial del Estado</em></strong>, según <a href="https://elpais.com/sociedad/2021-04-15/las-claves-de-una-ley-que-amplia-el-plazo-de-prescripcion-de-la-pederastia-y-refuerza-que-los-ninos-sean-escuchados.html">El País</a>.</p>
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		<title>Nueva Ley de Infancia: un avance para la protección del menor en España</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Belén Sancho Ligorred]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Jul 2020 21:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[En profundidad]]></category>
		<category><![CDATA[FAPMI]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>
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		<category><![CDATA[Plataforma de Infancia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El 9 de junio de 2020 se aprobó el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. El anteproyecto, hasta su aprobación, se ha visto pospuesto en dos ocasiones, pero, finalmente, ha pasado a trámite parlamentario hasta su posterior aprobación, el 4 de junio de 2021. [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://milmagazine.org/en-profundidad/nueva-ley-de-infancia-un-avance-para-la-proteccion-del-menor-en-espana/">Nueva Ley de Infancia: un avance para la protección del menor en España</a> se publicó primero en <a href="https://milmagazine.org">MIL Magazine</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El 9 de junio de 2020 se aprobó el <strong>anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia</strong>. El <a href="https://www.newtral.es/wp-content/uploads/2020/06/Ley-de-infancia.pdf">anteproyecto</a>, hasta su aprobación, se ha visto pospuesto en dos ocasiones, pero, finalmente, ha pasado a trámite parlamentario hasta su posterior aprobación, el 4 de junio de 2021. </p>



<p>Los <strong>datos sobre la violencia infantil</strong> durante el estado de alarma son preocupantes. La <strong>Fundación ANAR ha atendido 11.682 peticiones</strong> (más de dos mil de casos graves) a través de diversos canales. La aprobación del anteproyecto de ley es importantísimo para garantizar los derechos de miles de niños/as y adolescentes en España. Una ley que introduce cambios significativos que mejoran la legislación actual.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">Un paso al frente contra la violencia infantil</h2>



<p>La aprobación del anteproyecto de ley supone un avance y una mejora legislativa contra la violencia infantil. Desde su aprobación se han dado a conocer los <a href="https://milmagazine.org/actualidad/que-cambios-introduce-la-nueva-ley-de-infancia-en-espana/">diferentes cambios</a> que se introducirían con esta ley. La más significativa es el aumento de la prescripción de delitos graves. Era una de las peticiones que habían hecho las organizaciones, porque en la actualidad cuenta a partir de que la víctima cumple 18 años. La nueva ley <strong>propone que empiece a contar a partir de que la víctima haya cumplido los treinta y cinco años de edad.</strong>&nbsp;</p>



<p>Otro de los cambios que se introduce con la nueva ley es la <strong>creación de la figura del coordinador/a de bienestar y protección en los centros educativos</strong>. Su función será la de preservar el funcionamiento de los protocolos de actuación frente a situaciones de acoso o de cualquier tipo de violencia. También la figura del delegado de protección en entidades que realizan actividades deportivas o de ocio con menores, con una función similar a la del coordinador/a de bienestar.&nbsp;</p>



<p>La especialización en los juzgados es otra de las novedades que acoge la nueva ley. Se establece que fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, autonómicas y locales cuenten con<strong> unidades especializadas en la prevención de situaciones violentas contra menores</strong>. Además a las personas funcionarias que trabajan en servicios sociales se les atribuye la condición de agentes de la autoridad.&nbsp;</p>



<p>Se incluye una nueva regulación de los delitos de odio, <strong>incorporando la edad como causa de discriminación</strong>. Así como <strong>endurecer las condiciones y permisos penitenciarios </strong>para aquellas personas que estén penadas por delitos contra la indemnidad y la libertad sexual de menores de 16 años. A continuación, se pueden observar en la infografía algunos de los cambios que introduce esta nueva Ley de Infancia, también conocida como <strong>Ley Rhodes</strong>:</p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter size-large"><img decoding="async" width="410" height="1024" src="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Infancia-1-410x1024.png" alt="" class="wp-image-10924" srcset="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Infancia-1-410x1024.png 410w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Infancia-1-120x300.png 120w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Infancia-1.png 480w" sizes="(max-width: 410px) 100vw, 410px" /></figure></div>



<h2 class="wp-block-heading">Una vista a Australia, Estados Unidos y Reino Unido</h2>



<p>Tal como se ha incidido con anterioridad, la nueva ley supone mejoras, pero ¿son suficientes? Países como Australia, Estados Unidos o Reino Unido contemplan en su legislación mejoras para la protección de menores. Por este motivo, se ha hecho una <a href="https://milmagazine.org/actualidad/comparativa-de-la-nueva-ley-de-infancia-con-australia-estados-unidos-y-reino-unido/">vista comparativa</a> sobre<strong> similitudes y diferencias que acoge esta nueva ley</strong> frente a los países citados.&nbsp;&nbsp;</p>



<p>La ampliación de la prescripción de delitos supone una mejora. Sin embargo,<strong> Australia o Reino Unido contemplan en su legislación que el delito no prescriba</strong>. En algunos de los estados de EE.UU. también se acoge esta norma. La obligatoriedad a la hora de denunciar abusos sexuales a menores también se encuentra en países como Australia, donde se obliga a profesionales (profesorado, médicos/as, enfermeros(as, etc.) a comunicarlo a las autoridades.&nbsp;</p>



<p>Las nuevas medidas suponen un <strong>avance en la legislación para la protección del menor en España</strong>. En la siguiente tabla, se pueden observar los cambios que se introducen en comparación con otros países:&nbsp;</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="768" src="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia.jpg" alt="" class="wp-image-10350" srcset="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia.jpg 1024w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia-300x225.jpg 300w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia-768x576.jpg 768w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia-990x743.jpg 990w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">Almudena Escorial: “Una de las cuestiones que debemos reforzar es el enfoque de género”</h2>



<div class="wp-block-image"><figure class="alignright size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Almudena-Escorial-683x1024.jpg" alt="" class="wp-image-10910" width="291" height="436" srcset="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Almudena-Escorial-683x1024.jpg 683w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Almudena-Escorial-200x300.jpg 200w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Almudena-Escorial-768x1152.jpg 768w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Almudena-Escorial.jpg 800w" sizes="auto, (max-width: 291px) 100vw, 291px" /><figcaption>Créditos: Sara Pista / Plataforma de Infancia.</figcaption></figure></div>



<p>La <a href="http://plataformadeinfancia.org/"><strong>Plataforma de Infancia</strong> </a>ha sido una de las organizaciones que ha formado parte de este proceso. <strong><a href="https://milmagazine.org/entrevistas/almudena-escorial-esta-ley-tiene-un-fin-que-es-la-erradicacion-de-la-violencia/">Almudena Escorial</a></strong>, Responsable de Incidencia Política de la Plataforma de Infancia, reconoce que ya están trabajando en <strong>cómo mejorar este anteproyecto de ley de cara a su tramitación parlamentaria</strong>. Escorial considera que esta ley tiene como fin “la erradicación de la violencia” y con un “componente de sensibilización social muy grande”.</p>



<p>Algunas <a href="https://www.elsaltodiario.com/infancia/expertas-ley-infancia-olvida-abuso-sexual-intrafamiliar-choca-ley-violencia-de-genero?fbclid=IwAR01MQ0dcaDhq2ryjmhJ5sKtG2U79cpq_WD_Dr_1IsuYTz--yRUwt-MB33g">expertas</a> señalaron que esta nueva ley chocaba con la de violencia de género. Escorial reconoce no haber detectado ese choque, pero sí consideran primordial mejorar el enfoque de género. “<strong>Habrá que contemplar formas de violencia específicas como los matrimonios forzosos, la ablación, la violencia de género…</strong>”, apunta Escorial.&nbsp;</p>



<p>“El abuso sexual en el ámbito familiar es un problema, en el sentido de que <strong>es una forma de violencia muy invisible, muy difícil de detectar y de proteger a los niños</strong>”, afirma Escorial. Es una gran problemática porque debido a esa invisibilización resulta más complejo ayudar a los jóvenes. Escorial considera que habría que “<strong>fortalecer esos mecanismos para que las formas de violencia más invisibles puedan detectarse antes</strong>”.&nbsp;&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">Carme Tello: “Como primer paso es una buena ley”</h2>



<div class="wp-block-image"><figure class="alignleft size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Carme-Tello.jpg" alt="" class="wp-image-10912" width="292" height="436" srcset="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Carme-Tello.jpg 469w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Carme-Tello-201x300.jpg 201w" sizes="auto, (max-width: 292px) 100vw, 292px" /><figcaption>Fotografía cedida por Carme Tello.</figcaption></figure></div>



<p>La <a href="https://www.fapmi.es/"><strong>Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato Infantil</strong></a> (FAPMI) es una de las organizaciones que ha estado trabajando de manera constante para la prevención del maltrato infantil. <a href="https://milmagazine.org/entrevistas/carme-tello-fapmi-es-importante-la-creacion-de-juzgados-especificos/"><strong>Carme Tello</strong></a>, presidenta de FAPMI-ECPAT, hace una valoración positiva del anteproyecto, pero considera fundamental una<strong> dotación económica para llevarla adelante</strong>.&nbsp;</p>



<p>“<strong>El abuso intrafamiliar es el más oculto porque se corre el riesgo de que lo que no se ve no existe</strong>”, afirma Tello. Esa invisibilidad provoca que muchos niños/as padezcan este tipo de violencia y no pueda ser detectada. Se necesita dar una mayor visibilidad a este tipo de violencia sobre la infancia y, tal como señala Tello, detectar las señales de maltrato intrafamiliar para poder actuar de una forma rápida.&nbsp;</p>



<p>La <strong>especialización de los juzgados</strong> es uno de los cambios que introduce esta ley. Tello cree que es importante la creación de un juzgado específico contra el maltrato a la infancia y la adolescencia, así como el compromiso económico para poder llevarla a cabo.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">UNICEF Comité Cataluña: “Tenemos mucho camino por recorrer”</h2>



<div class="wp-block-image"><figure class="alignright size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef-784x1024.jpg" alt="" class="wp-image-10865" width="239" height="312" srcset="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef-784x1024.jpg 784w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef-230x300.jpg 230w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef-768x1003.jpg 768w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef.jpg 919w" sizes="auto, (max-width: 239px) 100vw, 239px" /></figure></div>



<p>Organizaciones como <a href="https://www.unicef.es/noticia/nueva-ley-de-proteccion-de-la-infancia-6-aspectos-destacar"><strong>UNICEF</strong></a> están comprometidas en la lucha para garantizar los derechos de los niños/as alrededor de todo el mundo. <a href="https://milmagazine.org/entrevistas/unicef-cataluna-esta-ley-respuesta-necesidad-marco-juridico/">UNICEF Comité Cataluña</a> señala el avance que supone esta nueva ley porque “<strong>promueve un cambio de paradigma en relación al abordaje de la violencia contra la infancia</strong>”.&nbsp;</p>



<p>El objetivo que se promueve con esta ley es la erradicación de la violencia sobre la infancia y la adolescencia. UNICEF Comité Cataluña señala que la sociedad sigue presente “<strong>la idea de que en algunas ocasiones el uso de la fuerza física o el castigo físico son necesarios o educativos</strong>”. Unas acciones intolerables que deben erradicarse con políticas que conciencien a la sociedad de la importancia de proteger los derechos de la infancia.&nbsp;&nbsp;</p>



<p>“<strong>Es importante que la ley incorpore en todo momento la perspectiva de género</strong>”, afirman desde UNICEF Comité Cataluña. Señalan la necesidad de poner la “atención a dicha perspectiva si se quieren dar respuestas adecuadas que hagan posible avanzar hacia una sociedad más respetuosa con los derechos de los niños/as”.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">Aprobación parlamentaria</h2>



<p>La aprobación del anteproyecto de ley se produjo el pasado 9 de junio de 2020. Sin embargo, todavía quedaba un largo camino por recorrer hasta su puesta en vigor. Durante ese periodo, se produjeron cambios y enmiendas para la redacción final y la aprobación de la misma.</p>



<p>Diferentes organizaciones, así como el Ministerio de Igualdad, trabajan en modificaciones de cara a septiembre. La perspectiva de género es uno de los <a href="https://www.publico.es/politica/igualdad-compromete-garantizar-autodeterminacion-genero-trans-mejorar-ley-infancia.html">temas </a>que más se está considerando para incluirlo en la ley, unas modificaciones que <strong>no se han realizado antes para no retrasar más tiempo su tramitación</strong>. </p>



<p>El 4 de junio de 2021 se produjo la <strong>aprobación de la nueva Ley de Infancia </strong>y fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9347">BOE</a>). De tal manera que, desde el pasado 25 de junio, esta nueva Ley Orgánica <strong>se encuentra en vigor en España</strong> para respaldar y garantizar los derechos de los menores ante la violencia. </p>
<p>La entrada <a href="https://milmagazine.org/en-profundidad/nueva-ley-de-infancia-un-avance-para-la-proteccion-del-menor-en-espana/">Nueva Ley de Infancia: un avance para la protección del menor en España</a> se publicó primero en <a href="https://milmagazine.org">MIL Magazine</a>.</p>
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		<title>UNICEF Comité Cataluña: &#8220;Esta ley da respuesta a la necesidad de un marco jurídico que proteja a la infancia y la adolescencia de cualquier abuso&#8221;</title>
		<link>https://milmagazine.org/interviews/unicef-cataluna-esta-ley-respuesta-necesidad-marco-juridico/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Belén Sancho Ligorred]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Jul 2020 21:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Interviews]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>
		<category><![CDATA[leyes]]></category>
		<category><![CDATA[Protección a la infancia]]></category>
		<category><![CDATA[Starred]]></category>
		<category><![CDATA[Unicef]]></category>
		<category><![CDATA[violencia infantil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado mes de junio se aprobó el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la violencia. La tramitación parlamentaria es el siguiente paso hasta su aprobación definitiva. Esta ley supone un avance en materia de derechos de la infancia en España donde plataformas de infancia y [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>El pasado mes de junio se aprobó el <strong>anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la violencia</strong>. La tramitación parlamentaria es el siguiente paso hasta su aprobación definitiva. Esta ley supone <strong><a href="https://milmagazine.org/actualidad/comparativa-de-la-nueva-ley-de-infancia-con-australia-estados-unidos-y-reino-unido/">un avance en materia de derechos de la infancia en España</a></strong> donde plataformas de infancia y organizaciones como UNICEF han estado <a href="https://www.unicef.es/noticia/nueva-ley-de-proteccion-de-la-infancia-6-aspectos-destacar">trabajando</a> para su aprobación. </p>



<p>El aumento de la violencia sobre la infancia durante el estado de alarma es algo preocupante. Asociaciones, organizaciones y diversas plataformas de infancia han estado trabajando para dar apoyo y tratar de<strong> velar por los derechos de los menores.</strong> La aprobación del anteproyecto de ley es un paso más para <a href="https://milmagazine.org/actualidad/que-cambios-introduce-la-nueva-ley-de-infancia-en-espana/">salvaguardar los derechos</a> de los niños/as y adolescentes. <strong>UNICEF Comité Cataluña</strong> evalúa el anteproyecto y señala algunos aspectos clave para que la ley salga adelante. </p>



<p><strong>Después de años de mucho trabajo, se ha aprobado por consenso la nueva Ley de Infancia. ¿Cuál es su balance del resultado?</strong></p>



<p>Desde UNICEF celebramos que el Consejo de Ministros haya aprobado el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. Eso significa que se inician los trámites parlamentarios para su aprobación definitiva, que esperamos que se produzca lo antes posible y que se mantenga el amplio consenso en torno a ella. La protección de los niños y niñas ante cualquier tipo de violencia debe ocupar un lugar preeminente, porque las violencias que pueden sufrir- el abuso sexual, la violencia física y verbal, el maltrato, etc.- suponen una muy grave vulneración de sus derechos. Sufrir y experimentar estas violencias tiene unas consecuencias muy nocivas que les afectan a nivel físico, emocional, cognitivo y social, lo que condiciona el poder gozar de una vida y bienestar plenos, tanto en el presente como en la edad adulta, con las consecuencias individuales y sociales que ello supone. Ningún tipo de violencia contra la infancia es justificable. Pero no nos engañemos, sigue presente en la sociedad la idea de que en algunas ocasiones el uso de la fuerza física o el castigo físico son necesarios o educativos. Y no solo eso, sino que a menudo se toleran acciones sobre los niños y niñas que no aceptaríamos sobre los adultos, una consecuencia directa de la mirada que seguimos teniendo sobre las personas de menos de 18 años. ¿Cuántas veces hemos oído aquello de “Esas cosas se resuelven en casa”, “El entrenador sabrá mejor que nadie cómo tratar a los niños”, o “Nadie debe meterse en cómo educo a mis hijos”?</p>



<div class="wp-block-image"><figure class="alignleft size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef-784x1024.jpg" alt="" class="wp-image-10865" width="387" height="505" srcset="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef-784x1024.jpg 784w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef-230x300.jpg 230w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef-768x1003.jpg 768w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/07/Coronavirus-unicef.jpg 919w" sizes="auto, (max-width: 387px) 100vw, 387px" /></figure></div>



<p>Más allá de lo que establece la Convención sobre los Derechos del Niño – tampoco podemos olvidar que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible dispone, en el ODS 16, la necesidad de avanzar hacia el fin de la violencia contra la infancia- lo cierto es que el propio Comité de los Derechos del Niño, el órgano de Naciones Unidas encargado de velar por su cumplimiento, hacía años que pedía a España que se aprobara una ley integral para erradicar la violencia contra la infancia y, durante mucho tiempo las organizaciones de infancia hemos estado reclamando avances en este sentido. Por lo tanto, la ley viene a contribuir a esta necesidad, precisamente en un momento en el que la pandemia de la COVID-19, el confinamiento y sus consecuencias, apuntan a un aumento de la violencia contra la infancia.</p>



<p>Del actual texto, en UNICEF valoramos que tenga por objetivo un abordaje integral de la lucha contra la violencia, puesto que pone atención a los diferentes ámbitos en los que se produce: la familia, la escuela, los centros deportivos y de ocio, el entorno sanitario, etc. Además, la apuesta es por generar entornos protectores que garanticen el buen trato hacia los niños y niñas, lo que, más allá de tratamiento y restauración de las situaciones de violencia, requiere de un trabajo de sensibilización, concienciación social y prevención, aspectos contemplados en la ley. Del texto también es de destacar que incorpore la necesidad de dotarse de una estrategia y de una dotación presupuestaria. También el refuerzo de algunas medidas, como la especial protección de los niños y niñas menores de 14 años o con discapacidad para evitar, entre otras cosas, su victimización secundaria, el nuevo cómputo de la prescripción de los delitos más graves y el refuerzo de la obligación de denuncia por parte de la ciudadanía y especialmente de los profesionales. Sí es cierto que se echa de menos en la normativa una especial atención a los colectivos más vulnerables, como son los niños migrantes o solicitantes de asilo o los tutelados que viven en centros de protección o la existencia de líneas de ayuda y denuncia de carácter público para la atención inmediata de los que sufren malos tratos en el hogar. Esta ley da respuesta a la evidente necesidad de un marco jurídico que proteja a la infancia y la adolescencia de cualquier tipo de abuso, desprotección o maltrato.&nbsp;</p>



<p><strong>La ley no hace referencia explícita a los abusos sexuales intrafamiliares, teniendo en cuenta que es el 85% de los casos de abusos ¿cree que debería haberse dado un mayor peso siendo una problemática tan grave en España? ¿Cómo se puede corregir?</strong></p>



<p>Según el Consejo de Europa y su campaña “<em>Start to talk</em>”, el 85% de las personas que abusan sexualmente de niños y niñas son personas que son queridas y respetadas por ellos, pero eso no quiere decir que sean únicamente de su núcleo familiar. La ley aborda la erradicación de la violencia en sentido amplio, pues en el concepto de violencia se incluyen todos aquellos comportamientos y acciones nocivos para la supervivencia y el desarrollo de los niños y niñas, de acuerdo con los estándares internacionales. La ley no se articula por tipos de violencia sino que pone el foco en la necesidad de avanzar hacia entornos protectores para la infancia y la adolescencia, es decir, espacios de buen trato psicológico y emocional, libres de violencia, en el que el conjunto de las personas se comporten respetando sus derechos humanos. Esto va desde tener en consideración aspectos relativos al espacio físico, al entorno psicológico y emocional, al hecho de que las personas sean conscientes y conocedoras de los derechos y necesidades de la infancia y la adolescencia y a favorecer que todas las personas puedan decidir sobre las cosas que afectan a su día a día. Uno de esos entornos es, precisamente, la familia, clave en el fomento y consolidación de la cultura del buen trato. El hogar debe ser un espacio seguro para todos los niños y niñas. Por tanto, el abuso sexual en el seno familiar está incluido en la regulación.</p>



<p>&nbsp;<strong>Esta ley supone un gran avance, pero ¿cumple con su objetivo final de proteger a niños/as y adolescentes?</strong></p>



<p>La ley supone un gran avance, pues lo que promueve es un cambio de paradigma en relación al abordaje de la violencia contra la infancia, impulsando que pase de manera definitiva de ser un tema del ámbito privado a una problemática social que debe ser, por tanto, abordada socialmente, y no únicamente desde lo punitivo, sino apostando por la concienciación social y la prevención. Toda violencia contra la infancia se puede prevenir y debemos prevenirla. En cuanto a su eficacia en relación al objetivo propuesto, ahora no podemos analizarla. Debemos esperar a cómo queda la redacción final de la normativa tras su paso por la Cortes Generales y, sobre todo, debemos esperar a su posterior aplicación, para ver hasta qué punto ha dado cumplimiento a los objetivos fijados. De momento es evidente que supone un avance que debemos saber aprovechar en beneficio de todos los niños y niñas.</p>



<p>&nbsp;<strong>Algunas expertas señalan que esta ley choca con la Ley de Violencia de Género. ¿Considera que debería hacerse una revisión?</strong></p>



<p>Como no puede ser de otra manera, es importante que la ley incorpore en todo momento la perspectiva de género. Sabemos que las violencias que sufren los chicos y las chicas no son iguales. Los chicos sufren más violencia física y las chicas más violencia sexual. Por tanto, no debemos olvidar la importancia de poner atención a dicha perspectiva si queremos dar adecuadas respuestas que hagan posible avanzar hacia una sociedad más respetuosa con los derechos de los niños y las niñas.También es importante tener en consideración la edad, puesto que las violencias que los niños/as sufren a lo largo de la infancia y la adolescencia varían.</p>



<p><strong>Para que sea efectiva su aplicación, ¿cuales son las medidas que consideráis imprescindibles para poder asegurar los resultados esperados?</strong></p>



<p>Dotarse de un marco jurídico adecuado es indispensable para mejorar las condiciones de vida de las personas, pero solamente con el texto de la ley no es suficiente. Necesitamos ver cómo será su aterrizaje e implementación, cómo se definirá y concretará la estrategia para darle cumplimiento y, sobre todo, los recursos económicos que se pondrán al servicio de sus objetivos. Para generar esos entornos protectores que reclamamos y en los que la ley declara poner foco, son claves aspectos como:</p>



<ul class="wp-block-list"><li>Tener una buena radiografía de la realidad de la violencia contra la infancia y la adolescencia, por franjas de edad, con información territorial, por colectivos, etc. Sabemos que es una realidad todavía infradetectada.</li><li>Apoyar a las familias con políticas y recursos que contribuyan a evitar la aparición de factores de riesgo, así como trabajando preventivamente con ellas y fortaleciendo el acompañamiento y seguimiento postparto, los espacios de acompañamiento familiar y el trabajo en pro de una parentalidad positiva.</li><li>Sensibilizar a la sociedad y capacitar y favorecer la especialización de los profesionales, para que conozcan los derechos y necesidades de la infancia y la adolescencia y, en definitiva, sean adultos conscientes. El actuar de los cuales se rija por el buen trato, de ahí una figura como el coordinador de protección y bienestar en los centros educativos, por ejemplo.</li><li>Apoderar a los niños, niñas y adolescentes para que sean más capaces de detectar las situaciones que no forman parte del buen trato y poder reaccionar adecuadamente. ¿Cómo podemos dimensionar la violencia y saber su alcance si los mismos niños y niñas a menudo no son conscientes del hecho que son agredidos y llegan a normalizar lo que no es normalizable? Esto nos obliga a adoptar una mirada diferente y dejar de considerarlos únicamente como víctimas para adoptar otro paradigma basado en el respeto y la promoción de su dignidad humana y su integridad física y psicológica como titulares de derechos que son. En esta perspectiva resulta clave que los niños y niñas dispongan de canales seguros para expresarse y denunciar las situaciones que vulneran sus derechos.</li></ul>



<p>Tenemos mucho camino por recorrer, pero lo importante es asentar unos buenos cimientos para poder seguir avanzando y consolidando estos avances.</p>
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		<title>Carme Tello: &#8220;Es muy importante la creación de juzgados específicos contra el maltrato en la infancia y la adolescencia&#8221;</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Belén Sancho Ligorred]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 01 Jul 2020 21:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Interviews]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 9 de junio fue aprobada en España la nueva Ley de Infancia. Una ley que nace para salvaguardar los derechos de niños/as y adolescentes y que ha conllevado años de trámites para su aprobación. La Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato Infantil (FAPMI) es una de las organizaciones que trabaja de [&#8230;]</p>
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<p>El pasado 9 de junio fue aprobada en España la nueva <a href="https://milmagazine.org/actualidad/que-cambios-introduce-la-nueva-ley-de-infancia-en-espana/">Ley de Infancia</a>. Una ley que nace para salvaguardar los derechos de niños/as y adolescentes y que ha conllevado años de trámites para su aprobación. La <strong><a href="https://www.fapmi.es/">Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato Infantil</a></strong> (FAPMI) es una de las organizaciones que trabaja de manera constante para la prevención del maltrato infantil.&nbsp;</p>



<p>Tras años de diálogo, la nueva Ley de Infancia es una realidad. Ahora llega el momento de la <strong>tramitación parlamentaria</strong> para su próxima entrada en vigor. Carme Tello, presidenta de FAPMI-ECPAT, analiza el anteproyecto de ley y valora cómo debería dotarse para su puesta en práctica.&nbsp;</p>



<p><strong>La aprobación de esta nueva Ley de Infancia tiene detrás muchos años de trabajo, ¿qué balance puede hacer del resultado?</strong></p>



<p>En principio es un buen anteproyecto de ley. Para implementarla es necesario dotarla de recursos económicos. Es importante que tengamos en cuenta este factor porque si no corremos el riesgo de que se apruebe una ley con muy buenas intenciones, pero nada operativa en la práctica.</p>



<p><strong>La ley no hace referencia explícita a los abusos sexuales intrafamiliares, teniendo en cuenta que es el 85% de los casos de abusos, ¿cree que debería haberse dado un mayor peso siendo una problemática tan grave en España? ¿Cómo se puede corregir?</strong></p>



<p>El abuso intrafamiliar es el más oculto porque se corre el riesgo de que “lo que no se ve no existe”. Un factor importante para no darle visibilidad es que cuesta entender que las personas que son las que deben cuidar y querer, sean los agresores. Es muy importante que las señales de maltrato intrafamiliar se puedan detectar tanto a nivel de las escuelas como pediatría, espacios lúdicos y deportivos y sean denunciados con una pronta intervención.</p>



<p><strong>Algunas expertas señalan que esta ley choca con la Ley de Violencia de Género. ¿Considera que debería hacerse una revisión?</strong></p>



<p>No entiendo dónde está el choque entre las dos leyes. Justamente, el tema está en la poca protección ante el maltrato, la negligencia y el abuso sexual en la infancia y adolescencia. Durante el confinamiento por la COVID-19 se ha comentado mucho el maltrato contra las mujeres, pero muy poco el maltrato contra la infancia y la adolescencia. Del mismo modo que existen juzgados para la violencia contra las mujeres, es muy importante la creación de juzgados específicos contra el maltrato en la infancia y la adolescencia. </p>



<p><strong>Sin duda, esta ley supone un gran avance, pero ¿cumple con el objetivo final de proteger a niños/as y adolescentes frente a la violencia?</strong></p>



<p>Todo es mejorable y este anteproyecto también.  Como primer paso es una buena ley. </p>



<p><strong>Para que sea efectiva su aplicación, ¿cuáles considera que son las medidas imprescindibles para poder asegurar los resultados?</strong></p>



<p>Es fundamental el compromiso de implementación económica para poder llevarla a cabo. También es importante el compromiso real de llevarla a cabo no solo por parte de los partidos políticos, sino de la sociedad civil en general.</p>
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		<title>Almudena Escorial: &#8220;Esta ley tiene un fin que es la erradicación de la violencia&#8221;</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Belén Sancho Ligorred]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 25 Jun 2020 21:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Interviews]]></category>
		<category><![CDATA[leyes]]></category>
		<category><![CDATA[Plataforma de Infancia]]></category>
		<category><![CDATA[Protección a la infancia]]></category>
		<category><![CDATA[Starred]]></category>
		<category><![CDATA[violencia infantil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La aprobación del anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia ha tenido un largo recorrido. Años de duro trabajo para crear una ley que proteja a los niños/as y adolescentes. La Plataforma de Infancia ha sido una de las organizaciones que ha formado parte de [&#8230;]</p>
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<p>La <a href="https://milmagazine.org/actualidad/que-cambios-introduce-la-nueva-ley-de-infancia-en-espana/">aprobación del <strong>anteproyecto</strong></a><strong> de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia</strong> ha tenido un largo recorrido. Años de duro trabajo para crear una ley que proteja a los niños/as y adolescentes. La <strong><a href="http://plataformadeinfancia.org/">Plataforma de Infancia </a></strong>ha sido una de las organizaciones que ha formado parte de este proceso. </p>



<p>La nueva Ley de Infancia introduce cambios notables como, por ejemplo, el aumento de la prescripción de los delitos por abuso sexual a menores. Todos estos cambios van a suponer una mejora para salvaguardar a los menores de edad. Almudena Escorial, <strong>Responsable de Incidencia Política de la Plataforma de Infancia</strong>, analiza el anteproyecto que pronto va a pasar a tramitación parlamentaria. </p>



<p><strong>Después de años de mucho trabajo, se ha aprobado por consenso la nueva Ley de Infancia. ¿Qué balance hace de su resultado?</strong></p>



<p>Es una petición que las organizaciones de infancia en España llevábamos haciendo mucho tiempo. Incluso el Comité de los Derechos del Niño se hizo eco en 2010. Hay un proceso muy largo, mucho esfuerzo que ahora se ve, por lo menos, que sale un paso en grande. Lo que se ha aprobado es el proyecto de ley y ahora empieza la tramitación parlamentaria. Entramos en un punto importantísimo para que esta ley sea una realidad. </p>



<p><strong>La ley no hace referencia explícita a los abusos sexuales intrafamiliares, teniendo en cuenta que es el 85% de los casos de abusos ¿cree que debería haberse dado un mayor peso siendo una problemática tan&nbsp; grave en España? ¿Como se puede corregir?</strong></p>



<p>Pensamos que hay muchísimas formas de violencia. El abuso sexual en el ámbito familiar es un problema, en el sentido de que es una forma de violencia muy invisible, muy difícil de detectar y de proteger a los niños. Estamos estudiando cómo mejorar el proyecto de ley y una de las cuestiones es cómo hacer mecanismos de denuncia más accesibles a los niños y en el ámbito familiar, por ejemplo, es importante el abuso sexual. Cómo el resto de actores, que pueden interactuar con los niños, pueden estar atentos para identificar indicios. Cómo poner también en valor la idea de que las niñas son muchas veces más vulnerables a ciertas formas de violencia, como el abuso sexual. Quizás habría que ver de qué manera fortalecer esos mecanismos para que las formas de violencia más invisibles puedan detectarse antes. </p>



<p><strong>Esta ley supone un gran avance, pero ¿cumple con su objetivo final de proteger a niños/as y adolescentes?</strong></p>



<p>Esta ley tiene un fin que es la erradicación de la violencia. Las asociaciones pedíamos que la ley no solo fuera de ámbito penal, sino también de prevención. Tiene un componente de sensibilización social muy grande para lanzar un mensaje rotundo a la sociedad. Ninguna forma de violencia debe ser tolerada ni justificada hacia los niños y eso es algo debemos avanzar. No nos escandaliza cuando un adulto trata de forma violenta a un niño. Es importante proteger a un niño en cuanto se detecta alguna forma de violencia y hacerlo de la manera más rápida. Creemos que esta ley va a mejorar muchísimo la protección de los niños frente a la violencia, pero los cambios van a venir con tiempo. Se pretende la erradicación de la violencia, pero, mientras exista, que su detección sea rápida, incluso antes de que ocurra.</p>



<p><strong>Algunas <a href="https://www.elsaltodiario.com/infancia/expertas-ley-infancia-olvida-abuso-sexual-intrafamiliar-choca-ley-violencia-de-genero?fbclid=IwAR01MQ0dcaDhq2ryjmhJ5sKtG2U79cpq_WD_Dr_1IsuYTz--yRUwt-MB33g">expertas</a> señalan que esta ley choca con la Ley de Violencia de Género. ¿Considera que debería hacerse una revisión?</strong></p>



<p>Ahora mismo estamos haciendo las organizaciones nacionales un análisis para ver de qué manera podemos mejorarla en tramitación parlamentaria. Es verdad que una de las cuestiones que debemos reforzar es el enfoque de género. Hay que partir de la vulnerabilidad de las niñas en ciertas formas de violencia. Habrá que contemplar formas de violencia específicas como los matrimonios forzosos, la ablación, la violencia de género, hacer referencia a la coeducación. No hemos detectado ese choque, pero sí que hemos detectado que se puede mejorar ese enfoque de género y que, de hecho, serán parte de esas enmiendas a ese punto. </p>



<p><strong>Para que sea efectiva su aplicación, ¿cuáles son las medidas que consideran imprescindibles para poder asegurar los resultados esperados?</strong></p>



<p>Una de las cuestiones a mejorar, y que la ley no la incluye, pero se establece un compromiso de que en un año se haga, es una jurisdicción especializada. Todos los expertos coinciden en que para una protección adecuada hacen falta unos juzgados especializados, formados, que sepan cómo tratar a los niños en este ámbito. Es muy importante que se apruebe una estrategia para poner en marcha esta ley en todos los diferentes niveles administrativos. La ley tiene un marco, pero ahora hace falta hacer muchas cosas. Es necesaria una estrategia y también una dotación presupuestaria adecuada para que se puedan llevar a cabo las medidas. Si no hay recursos suficientes esta ley va a tener un impacto mucho menor. </p>
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		<title>La Fundación ANAR lanza la Carta de Derechos Digitales de los Niños, Niñas y Adolescentes</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Claudia Mallia]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 25 Jun 2020 08:01:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[News]]></category>
		<category><![CDATA[derechos digitales]]></category>
		<category><![CDATA[Protección a la infancia]]></category>
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		<category><![CDATA[Tecnología]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las nuevas tecnologías están cada vez más presentes en las vidas de los niños, niñas y adolescentes. A medida que crece el uso de dispositivos conectados a Internet para realizar tareas escolares, comunicarse con amigos o jugar a videojuegos, resulta más difícil proteger a los jóvenes de las numerosas amenazas de la red. El uso [&#8230;]</p>
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<p>Las nuevas tecnologías están cada vez más presentes en las vidas de los niños, niñas y adolescentes. A medida que crece el uso de dispositivos conectados a Internet para realizar tareas escolares, comunicarse con amigos o jugar a videojuegos, resulta más difícil proteger a los jóvenes de las numerosas amenazas de la red. </p>



<p>El uso inadecuado de estos instrumentos puede exponer a los menores a distintos riesgos y acentuar problemáticas ya existentes, como, por ejemplo, el acoso escolar. La Fundación ANAR (Ayuda a Niños y Adolescentes en Riesgo) alerta sobre el incremento del <em>ciberbullying</em>, adicciones, autolesiones y otros peligros como el ciberacoso sexual a menores, conocido como <em>grooming</em>, o el <em>sexting</em>, el envío de contenidos de carácter sexual.</p>



<p>Para promover un entorno digital seguro, la Fundación ANAR ha elaborado la <a href="https://www.anar.org/wp-content/uploads/2019/07/Carta-Derechos-Digitales.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Carta de Derechos Digitales de los Niños, Niñas y Adolescentes</a>. El documento, que consta de diez apartados, pretende poner los derechos de los menores de edad en el centro de cualquier desarrollo digital. A continuación, desglosamos los asuntos que plantea:</p>



<p><strong>1.</strong> <strong>Sobre el interés superior del menor</strong></p>



<p>En primer lugar, la Carta estipula que el interés superior del menor debe primar en el entorno digital. Los servicios de la sociedad de la información y los dispositivos tecnológicos deben protegerlo y garantizar los derechos fundamentales de los niños y adolecentes.</p>



<p><strong>2. Sobre el derecho a la salud y a la seguridad</strong></p>



<p>El segundo punto defiende la protección de los menores frente a los contenidos y los dispositivos tecnológicos. La Carta establece que los jóvenes tienen derecho a un entorno digital que los proteja frente a cualquier tipo de violencia o abuso realizado a través de la tecnología y ante contenidos que puedan perjudicar el desarrollo físico, mental o moral. Asimismo, el empleo de la tecnología no debe suponer ningún riesgo físico para ellos.</p>



<p><strong>3. Sobre el derecho a la intimidad y a su imagen</strong></p>



<p>Asegurar la privacidad de los menores es otra de las preocupaciones de la Carta. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. También se incluye el secreto de las comunicaciones digitales.</p>



<p><strong>4. Sobre el derecho a la protección de datos personales y el derecho al olvido en redes sociales</strong></p>



<p>El cuarto punto hace referencia a la protección de los datos personales y al derecho al olvido en búsquedas de Internet y en redes sociales, es decir, que los menores puedan borrar su huella digital cuando lo deseen.</p>



<p><strong>5. Sobre el derecho al acceso a Internet</strong></p>



<p>Los menores tienen derecho a acceder a Internet y a las tecnologías sin ningún tipo de discriminación. El quinto punto establece que este acceso debe estar protegido y tutelado por padres, tutores o representantes legales.</p>



<p><strong>6. Sobre el derecho a la información y a la educación</strong></p>



<p>Este punto vela porque los jóvenes reciban información veraz, plural y responsable, ya que tienen derecho a acceder a la información y a la educación a través de Internet y medios tecnológicos.</p>



<p><strong>7.</strong> <strong>Sobre el derecho a ser oídos y escuchados</strong></p>



<p>La Carta también contempla Líneas de Ayuda a la Infancia para que los menores puedan ser escuchados y puedan acceder a este recurso siempre que lo necesiten.</p>



<p><strong>8. Sobre el derecho de participación</strong></p>



<p>El octavo punto recoge que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a participar y expresar su opinión en los asuntos que les afecten. Incluye el derecho a la libertad de asociación y de celebrar reuniones con fines pacíficos en el entorno digital.</p>



<p><strong>9. Sobre el derecho a la libertad de expresión</strong></p>



<p>El penúltimo punto protege la libertad de expresión y opinión de los jóvenes en entornos tecnológicos. Este derecho incluye la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.</p>



<p><strong>10. Sobre el derecho al ocio, al juego y a la cultura</strong></p>



<p>Por último, la Carta promueve el derecho de los menores al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad, también a través de medios tecnológicos, sin olvidar que el juego presencial es necesario para su adecuado desarrollo psicológico.&nbsp;</p>
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		<title>Comparativa de la nueva Ley de Infancia con Australia, Estados Unidos y Reino Unido</title>
		<link>https://milmagazine.org/news/comparativa-de-la-nueva-ley-de-infancia-con-australia-estados-unidos-y-reino-unido/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Belén Sancho Ligorred]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Jun 2020 21:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[News]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[leyes]]></category>
		<category><![CDATA[Protección a la infancia]]></category>
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		<category><![CDATA[violencia infantil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Recientemente, se ha aprobado en España del anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. Supone un avance para salvaguardar los derechos de los niños/as y adolescentes. Pero ¿es suficiente o se deben incluir mejoras? Analizamos esta nueva ley con las legislaciones en Australia, Estados Unidos [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Recientemente, <a href="https://milmagazine.org/actualidad/que-cambios-introduce-la-nueva-ley-de-infancia-en-espana">se ha aprobado</a> en España del <strong>anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia</strong>. Supone un avance para salvaguardar los derechos de los niños/as y adolescentes. Pero ¿es suficiente o se deben incluir mejoras? Analizamos esta nueva ley con las legislaciones en Australia, Estados Unidos y Reino Unido.&nbsp;</p>



<p>El confinamiento ha disparado la violencia contra menores, según denuncia la <a href="https://www.anar.org/confinamiento-ha-escondido-cosas/?utm_source=landing-video&amp;utm_medium=carrusel">Fundación ANAR</a>. Desde la declaración del estado de alarma hasta hoy, esta fundación ha atendido 11.682 peticiones (2.151 casos graves) a través de sus diversos canales. “<strong>ANAR prevé que el 76,7% de los niños/as y adolescentes tendrán problemas psicológicos durante la desescalada</strong>”, afirman en su <a href="https://www.anar.org/fundacion-anar-preve-76-ninos-adolescentes-contacto-anar-durante-confinamiento-problemas-psicologicos-desescalada/">web</a>. Una problemática grave y que evidencia la necesidad de esta nueva Ley de Infancia con la que salvaguardar a los menores.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">Tarde, pero necesaria</h2>



<p>La <a href="https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/Paginas/enlaces/090620-enlace_infancia.aspx">aprobación de esta ley</a> ha tenido un camino muy largo hasta llegar a 2020. <strong>Fue pospuesta hasta en dos ocasiones</strong>. Una, por el anuncio de elecciones en 2019 y otra, por la pandemia del coronavirus. Según indicó Pablo Iglesias, vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, esta ley <strong>“llega tarde” y pidió perdón a todos los niños/as que han sufrido violencia y abusos</strong>.&nbsp;</p>



<p>Con esta nueva ley, España introduce una mejora para salvaguardar los derechos de niños/as y adolescentes. El <a href="https://www.savethechildren.es/actualidad/informe-mundial-infancia-2019-infancias-robadas">informe mundial sobre la infancia 2019</a>: “Infancias Robadas” de Save The Children situó a <strong>España en el puesto número 13 en el ranking de países que más protegen la infancia</strong>. Lidera la clasificación Singapur, seguido de ocho países europeos y de Corea del Sur.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">Diferencias y similitudes de la nueva ley</h2>



<p>La nueva <strong>Ley de Infancia</strong> aglutina mejoras para salvaguardar los derechos de niños/as y adolescentes. Uno de los cambios más significativos es el aumento del plazo de prescripción por delito de abusos sexuales a menores. Esta ley propone que empiece a contar a partir de que la víctima haya cumplido los treinta y cinco años de edad. Actualmente, el plazo empieza a contar a partir de que la víctima cumple 18 años. Aunque supone una mejora, otros <strong>países como Australia o Reino Unido contemplan en su legislación que el delito no prescriba</strong>. También se acoge esta norma en algunos estados de Estados Unidos. </p>



<p>Otro de los cambios es la <strong>inclusión de obligatoriedad a la hora de denunciar abusos sexuales a menores</strong>. La nueva ley obliga a cualquier persona conocedora de los hechos a denunciar, especialmente, profesionales que tengan contacto habitual con la víctima, así como familiares cercanos o cónyuge del agresor. <a href="https://aifs.gov.au/cfca/publications/mandatory-reporting-child-abuse-and-neglect">Australia</a>, por ejemplo, obliga a profesionales (profesorado, médicos/as, enfermeros/as, etc.) a informar sobre casos de abuso infantil.&nbsp;</p>



<p>Esta nueva Ley de Infancia también incluye unidades de especialización para el apoyo y prevención de los abusos. Además de regular la protección del menor de edad en Internet. A continuación, se adjunta una tabla de datos donde se pueden observar las <strong>similitudes y diferencias que muestra esta ley con otras similares en Australia, Estados Unidos y Reino Unido</strong>:&nbsp;</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="768" src="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia.jpg" alt="" class="wp-image-10350" srcset="https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia.jpg 1024w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia-300x225.jpg 300w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia-768x576.jpg 768w, https://milmagazine.org/wp-content/uploads/2020/06/Comparación-nueva-ley-de-infancia-990x743.jpg 990w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p><strong>Fe de errores a 19/04/2021</strong>: En España, se ha ampliado hasta la edad de 35 años (no 30) la prescripción de los delitos. </p>
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		<title>¿Qué cambios introduce la nueva Ley de Infancia en España?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Belén Sancho Ligorred]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Jun 2020 21:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[News]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[leyes]]></category>
		<category><![CDATA[Protección a la infancia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 9 de junio se aprobó el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. El anteproyecto se aprobó en el Consejo de Ministros en diciembre de 2018. Sin embargo, se ha pospuesto en dos ocasiones por el anuncio de elecciones generales y la pandemia [&#8230;]</p>
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<p>El pasado 9 de junio se aprobó el <strong>anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia</strong>. El anteproyecto se aprobó en el Consejo de Ministros en diciembre de 2018. Sin embargo, se ha pospuesto en dos ocasiones por el anuncio de elecciones generales y la pandemia del <a href="https://milmagazine.org/etiqueta/coronavirus/">coronavirus</a>.&nbsp;</p>



<p>La nueva <strong>Ley de Infancia</strong> también se le conoce como “<strong>Ley Rhodes</strong>”, por el pianista británico James Rhodes. Fue <strong>víctima de abusos sexuales cuando era un niño</strong> y ha sido muy activo para la aprobación de esta ley. A él se suman oenegés y organizaciones como <strong>UNICEF, la Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato Infantil (FAPMI) o Save The Children</strong>, entre otras. La participación de diferentes organismos ha sido fundamental para lograr elaborar este anteproyecto de ley.&nbsp;</p>



<p>Según los datos publicados en el <a href="http://www.interior.gob.es/documents/642317/1204854/Anuario+Estad%C3%ADstico+del+Ministerio+del+Interior+2018/5a35fad7-5386-44fb-83ae-9b14e678cc4a"><strong>Anuario Estadístico del Ministerio del Interior</strong></a>, en 2018 se denunciaron <strong>5.382 casos de violencia sexual hacia niños/as en España</strong>. El informe también señala un aumento de violencia en el ámbito familiar en el periodo de 2017 a 2018. Estos datos reflejan el desamparo al que muchos menores de edad están sometidos y la necesidad de crear una ley de protección. A continuación, enumeramos los principales cambios que acoge esta ley, según el <a href="https://www.newtral.es/wp-content/uploads/2020/06/Ley-de-infancia.pdf">borrador consultado</a>. </p>



<h3 class="wp-block-heading">Aumento de la prescripción de delitos graves</h3>



<p>El cambio más significativo, en comparación a la ley actual, es el aumento de la prescripción de los delitos. Actualmente, el plazo de prescripción cuenta a partir de que la víctima cumple 18 años. Esta ley propone que empiece a contar <strong>a partir de que la víctima haya cumplido los 35 años de edad</strong>. Era una de las peticiones de organizaciones y asociaciones de víctimas de abusos sexuales. </p>



<p>Otra de las novedades que acoge esta ley es la <strong>obligación de denunciar al cónyuge y a los familiares cercanos del agresor/a</strong> cuando se trate de un delito grave contra un/a menor de edad. En general, la ley obliga a comunicar cualquier situación violenta en niños/as y adolescentes, especialmente, los colectivos profesionales que tengan contacto habitual con los menores.&nbsp;</p>



<p>En el anteproyecto de ley también se <strong>contempla el delito de sustracción de menores</strong>: “Se introduce como posible sujeto activo en el tipo penal el progenitor que únicamente tenga en su compañía al menor de edad en un régimen de estancias”. Además <strong>se impone la pena de privación de la patria potestad por homicidio o por asesinato</strong> cuando autor y víctima tengan un hijo/a en común o cuando la víctima sea hijo/a del autor.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Nace la figura del coodinador/a de bienestar</h3>



<p>A partir de esta ley se crea la figura del <strong>coordinador/a de bienestar y protección en los centros educativos</strong>. Su función será preservar el funcionamiento de los protocolos de actuación frente a situaciones de acoso y cualquier tipo de violencia. Al conocer la creación de esta figura, trabajadores sociales en redes han manifestado la necesidad de reivindicar la labor de este colectivo.</p>



<p>La nueva ley promoverá la<strong> formación, docencia e investigación en derechos de la infancia </strong>en los centros de Educación Superior. Además de garantizar el <strong>acceso universal de los niños/as y adolescentes</strong> que se encuentren en situaciones de violencia a servicios sanitarios de tratamiento y rehabilitación.&nbsp;</p>



<p>En el anteproyecto de ley también se contempla la <strong>creación de la figura del delegado de protección en entidades que realizan actividades deportivas</strong> o de ocio con menores. Su función es similar a la del coordinador/a de bienestar, informando y apoyando a niños/as y adolescentes para el cumplimiento de los protocolos de actuación.&nbsp;</p>



<p><strong>Prevenir, detección precoz e intervención frente a las situaciones de violencia</strong> son la base de los protocolos de actuación en los centros de protección. La ley especifica que los protocolos deben contemplar los <strong>temas de trata de seres humanos, el abuso y la explotación sexual</strong> de menores de edad que residan en dichos centros.&nbsp;</p>



<h3 class="wp-block-heading">Especialización en los juzgados y nuevos delitos</h3>



<p>Esta ley aporta una <strong>nueva regulación a los delitos de odio</strong>. Se incorpora la <strong>edad como causa de discriminación</strong> tanto en niños/as o adolescentes como en adultos de edad avanzada. Así mismo la ley <strong>endurece las condiciones y permisos penitenciarios</strong> para aquellas personas que estén penadas <strong>por delitos contra la indemnidad y la libertad sexual de menores de 16 años</strong>.&nbsp;</p>



<p>Uno de los cambios más aclamados es que la víctima tendrá que hacer <strong>una única narración de los hechos ante el Juzgado de Instrucción</strong>. Esta medida trata de evitar que la víctima tenga que relatar de manera reiterada los hechos y volver a sufrir lo vivido. Se contempla <strong>en el caso de que la víctima sea una persona menor de 14 años o con discapacidad</strong>.&nbsp;</p>



<p>La nueva Ley de Infancia evidencia la necesidad de <strong>regular formación especializada en las carreras judicial y fiscal</strong>. También se establece que las fuerzas y cuerpos de seguridad estatales, autonómicas y locales cuenten con <strong>unidades especializadas en la prevención de situaciones violentas</strong> contra menores de edad. Otra de las novedades es que las personas funcionarias que trabajan en <strong>servicios sociales</strong> se les atribuye la condición de <strong>agentes de la autoridad</strong>.&nbsp;</p>



<p>La <strong>Ley 15/2015 de la Jurisdicción Voluntaria se modifica</strong> para asegurar el derecho a niños/as y adolescentes a ser escuchados y garantizando su intimidad. También <strong>regula las condiciones y el procedimiento de acogida transfronteriza de menores</strong> procedentes de la UE o de un Estado parte del Convenio de la Haya de 1996.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Protección del menor en Internet</h3>



<p>La regulación de los menores de edad en Internet también se contempla a través de esta ley con algunos cambios significativos. En primer lugar, <strong>regulando las actuaciones públicas dirigidas al uso responsable de la red</strong> para aquellos profesionales que trabajen con menores. A ello se suma la creación de <strong>nuevos delitos para evitar conductas delictivas a través de soportes tecnológicos</strong> que pongan en riesgo la integridad del menor. Por ejemplo: incitación al suicidio, autolesión o trastornos alimenticios.&nbsp;</p>



<p>En relación a la <strong>gestión de los datos</strong>, se va a regular un <strong>canal específico</strong> de denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos para garantizar que no se vulnere ningún derecho en relación a los datos personales. También se va a <strong>regular la publicidad</strong>, prohibiendo aquella que incite a la violencia o incluyan estereotipos sexistas, racistas, estéticos, homófobos o transfóbicos.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Refuerzo y aumento de dotación presupuestaria</h3>



<p>Esta nueva ley reconoce el <strong>derecho a la asistencia jurídica de los menores</strong>, independientemente de su situación económica. Además de garantizar el <strong>apoyo y la atención integral a niños/as y adolescentes víctimas de violencia</strong>.&nbsp;</p>



<p>Todo hace indicar que habrá un <strong>aumento de la dotación presupuestaria en la Administración de Justicia y de los Servicios Sociales</strong> para cumplir con las nuevas obligaciones por esta ley. También habrá un refuerzo de las actuaciones de sensibilización, detección y prevención dirigidos para la erradicación de la violencia sobre la infancia y adolescencia. Queda patente en la misma el apoyo público para prevenir desde primera infancia factores de riesgo y apoyar la labor educativa.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading">Una ley con luces y sombras</h2>



<p>La nueva ley incluye mejoras, pero algunas asociaciones y expertas consideran insuficiente algunos aspectos. El anteproyecto de ley parte de una concepción de familia como unidad básica, pero no contempla de manera explícita la violencia o los <a href="https://www.elsaltodiario.com/infancia/expertas-ley-infancia-olvida-abuso-sexual-intrafamiliar-choca-ley-violencia-de-genero?fbclid=IwAR01MQ0dcaDhq2ryjmhJ5sKtG2U79cpq_WD_Dr_1IsuYTz--yRUwt-MB33g">abusos sexuales intrafamiliares</a>. Según los datos del Consejo de Europa en 2010, el <strong>85% de los abusadores de menores son personas queridas y respetadas por la víctima</strong>.</p>



<p>Una de las curiosidades que se observan al leer el documento del anteproyecto es la <strong>ausencia para hablar de “abusos sexuales”</strong>. Durante todo el texto se hace referencia a la violencia, pero no aparece de manera explícita, siendo uno de las problemáticas más recurrentes en España.</p>



<p>El documento tampoco hace alusión al <strong>Síndrome de Alienación Parental</strong> (<a href="https://www.publico.es/entrevistas/violencia-infancia-luis-pedernera-ley-violencia-infancia-debe-prohibir-falso-sindrome-alienacion-parental.html">SAP</a>), un supuesto síndrome que no cuenta con investigaciones científicas que lo avalen. Incluso el <a href="https://eldiariofeminista.info/2018/08/06/el-acientifico-sindrome-de-alienacion-parental-una-vulneracion-de-los-derechos-de-ninos-y-ninas/">Consejo General del Poder Judicial</a> indica que es “<strong>el SAP es una teoría abiertamente pedófila carente de base científica que está provocando situaciones de riesgos para los niños/as</strong>”. A pesar de ello se sigue aplicando en sentencias judiciales.</p>



<p>Aunque hay cambios que mejoran el panorama, existen algún artículo que no satisface a todos. Esta nueva ley atribuye la facultad de <strong>decidir el lugar de residencia de los menores de edad a ambos progenitores</strong>. De tal manera que se requiere el consentimiento de ambos o una autorización judicial para el traslado del menor.</p>



<p>Tras la aprobación del anteproyecto de ley el pasado 9 de junio está todo preparado para que inicie su tramitación parlamentaria.&nbsp;</p>
<p>La entrada <a href="https://milmagazine.org/news/que-cambios-introduce-la-nueva-ley-de-infancia-en-espana/">¿Qué cambios introduce la nueva Ley de Infancia en España?</a> se publicó primero en <a href="https://milmagazine.org">MIL Magazine</a>.</p>
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